Legislatura Michoacán

Congreso aumenta protección a peatones

Se establecen acciones específicas en materia de tránsito, vialidad y movilidad en favor de los transeúntes y ciclistas.

Morelia; Michoacán, 12 de julio de 2018.- Con la finalidad de dar mayor protección a peatones y ciclistas la Septuagésima Tercera Legislatura, aprobó por unanimidad reformas a diversos artículos de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Michoacán de Ocampo, de igual forma será responsabilidad de los ayuntamientos crear  la infraestructura y señalamientos viales necesarios y desarrollar programas de educación vial para la población.

De acuerdo al dictamen presentado por los legisladores que integran la comisión de Comunicaciones y Transportes, el estado está obligado a impartir y administrar los programas de educación vial, dirigidos principalmente a que no se conduzca a velocidad alta, al evitar manejar bajo influjo de bebidas así como el uso del celular y otras distracciones, además de promover la participación ciudadana en el análisis y solución de las problemáticas en materia de tránsito y vialidad.

“Esta Ley otorgará los derechos de preferencia al tránsito del peatón, maximizando el valor de la integridad y la vida humana, cuyos derechos deberán hacerse efectivos en los programas y reglamentos correspondientes”, señala la propuesta.

Por su parte los ayuntamientos tendrán que realizar estudios sobre tránsito de peatones y vehículos con la finalidad de mejorar las vías públicas y los medios de transporte correspondientes, que conduzcan a la más eficaz protección de la vida humana, seguridad, comodidad y fluidez de la vialidad, de acuerdo con las disposiciones internacionales, federales y estatales, que existan en la materia.

De igual forma tendrán que crear ciclovías y ciclopuertos y demás infraestructura, promover el uso de bicicletas como una alternativa de movilidad sustentable y con ello disminuir el impacto de contaminación.

Las reformas también establecen que tanto el Gobierno del Estado como los municipios promoverán acciones de mantenimiento preventivo y correctivo necesarias, para que las vialidades peatonales existentes se mantengan en buen estado con el fin de proporcionar a los peatones el tránsito seguro y establecer infraestructura necesaria para el libre tránsito de personas con discapacidad y adultos mayores.

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