Legislatura Michoacán

Diputados propondrán al Pleno tipificar el delito de tortura

Se castigará de 10 a 20 años de prisión a quien realice actos de tortura y otros tratos crueles.

Morelia, Michoacán; 12 de julio del 2016.-  Las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos en reunión de trabajo aprobaron el dictamen mediante el cual se modifica el Código Penal del Estado para castigar el delito de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, con una pena de diez a veinte años de prisión y quinientos a mil días de multa.

Los diputados Juan Bernardo Corona, Presidente de la Comisión de Justicia, Carlos Quintana y Ernesto Núñez, integrantes de la misma, así como Nalleli Pedraza y Raymundo Arreola, Presidenta e integrante, respectivamente, de la Comisión de Derechos Humanos, destacaron que la tortura es un elemento prohibido por la normativa constitucional y convencional, por lo que su no inclusión en el orden jurídico estatal es una violación y una restricción de derechos hacia los michoacanos.

Por lo cual, se adiciona al Título Décimo Sexto, el Capítulo XII denominado Tortura, conformado por los artículos 254 bis, 254 ter y 254 quater al Código Penal para el Estado de Michoacán, dejando en la mesa de trabajo el compromiso por parte de los legisladores, de crear  una ley para prevenir y sancionar la tortura que rija en Michoacán.

En el dictamen que será presentado ante el Pleno del Congreso para su votación, señala que el mencionado castigo será impuesto al servidor público que con el fin de obtener información o una confesión, investigación criminal o medio intimidatorio, cause dolor o sufrimiento físico o psíquico a una persona; cometa una conducta que sea tendente o capaz de disminuir o anular la personalidad de la víctima o su capacidad física o psicológica, aunque no le cause dolor o sufrimiento, o realice procedimientos médicos o científicos en una persona sin su consentimiento o sin el consentimiento de quien legalmente pudiera otorgarlo, salvo el caso de emergencia con el fin de salvaguardar su vida o integridad corporal.

Asimismo, se castigará con 4 años de prisión y de trescientos a seiscientos días de multa al particular que con la autorización o el apoyo de un Servidor Público cometa alguna de las conductas de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.

Finalmente, se estipula que las penas previstas se aumentarán hasta en una mitad cuando la víctima sea menor de 18 años, este embarazada, no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho; o sea sometido a cualquier forma de violencia sexual.

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