Legislatura Michoacán

Aprueban diputados reforma a Ley de Coordinación Fiscal

Ejecutivo retendrá participaciones a municipios por no pagos de ISR, IMSS e ISSSTE.

Morelia;  Michoacán, 27 de diciembre de 2017.- Con el propósito de fortalecer la capacidad recaudatoria y financiera del estado, así como de evitar que los municipios generen adeudos fiscales, el Congreso local aprobó reformas a la Ley de Coordinación Fiscal.

El dictamen fue elaborado y presentado ante el Pleno para su aprobación por los diputados integrantes de las Comisiones Unidas de Hacienda y Deuda Pública, Héctor Gómez, Carlos Quintana, Juan Pablo Puebla, Adriana Campos y Socorro Quintana, así como de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, Raúl Prieto, Antonio García, Eduardo García, Ernesto Núñez y Sergio Ochoa, en razón del análisis realizado a dos iniciativas de decreto presentadas por el titular del Poder Ejecutivo, mediante las cuales, se propone reformar y derogar diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.

Ambas iniciativas sustentan en su exposición de motivos que algunas administraciones municipales y sus organismos paramunicipales, no cubren oportunamente el pago del Impuesto sobre la Renta, a favor del Sistema de Administración Tributaria (SAT), ni las Cuotas Obrero Patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y/o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE), por lo tanto, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), realiza las retenciones correspondientes con cargo a las Participaciones en Ingresos Federales, afectando gravemente finanzas públicas estales.

En ese sentido, las comisiones dictaminadoras determinaron que es pertinente modificar la norma y especificar que solamente podrán ser objeto de retención por parte de la Secretaría de Finanzas y Administración, aquellos montos y sus accesorios correspondientes, que la SHCP a su vez retiene al Estado, por concepto del Impuesto sobre la Renta (ISR), y las Cuotas Obrero Patronales no pagadas oportunamente por los municipios y/o de sus organismos paramunicipales, a favor del SAT, y  del IMSS y/o del ISSSTE, respectivamente. Previo Acuerdo de cabildo.

Asimismo, la Secretaría de Finanzas y Administración podrá realizar la retención mensualmente a las participaciones municipales, para cubrir aquellos créditos fiscales que los municipios y sus organismos paramunicipales hayan originado por el no pago de contribuciones estatales previo Acuerdo de Cabildo y la suscripción del Convenio correspondiente.

De igual forma, respecto de los recursos que los municipios reciben del Fondo Participable y del Fondo de Gasolinas y Diesel, se establece una aportación estatal, la cual se destinará a las inversiones públicas productivas de los municipios.

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